{"id":2790,"date":"2021-11-26T16:59:19","date_gmt":"2021-11-26T16:59:19","guid":{"rendered":"https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/?p=2790"},"modified":"2021-11-26T17:03:40","modified_gmt":"2021-11-26T17:03:40","slug":"la-estancia-de-bernardo-gaytan-segunda-estancia-margen-oeste-del-arroyo-pando","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/2021\/11\/26\/la-estancia-de-bernardo-gaytan-segunda-estancia-margen-oeste-del-arroyo-pando\/","title":{"rendered":"La Estancia de Bernardo Gayt\u00e1n Segunda Estancia margen Oeste del arroyo Pando"},"content":{"rendered":"\n<p>La segunda estancia sobre la margen occidental del arroyo de Pando fue adjudicada al Alcalde Provincial de Montevideo Bernardo Gayt\u00e1n, criollo natural de Buenos Aires (1683-1771), que hab\u00eda recibido su estancia sobre el arroyo Pando, lindero del Capit\u00e1n Juan Antonio Artigas y de Juan Mateo Barreda.<\/p>\n\n\n\n<p>El Cabildo de Buenos Aires acord\u00f3 la calidad de poblador en la sesi\u00f3n del 27 de noviembre de 1726 (1)<\/p>\n\n\n\n<p>Bernardo Gayt\u00e1n vino a avecindarse como poblador de Montevideo el 12 de Diciembre de 1726, declarando al ser empadronado, 43 a\u00f1os de edad, con el cargo de Ayudante de Milicias otorgado por don Bruno Mauricio de Zabala, el 2 de Marzo de 1722, casado en segundas nupcias con D\u00f1a. Mar\u00eda Pab\u00f3n, de 44 a\u00f1os de edad viuda de Marcos de Melo -tambi\u00e9n natural de Buenos Aires, acompa\u00f1ado de tres hijas de este segundo matrimonio, Ana, Bernarda y Francisca Xaviera de 9,6 y 18 a\u00f1os respectivamente, &#8211; conjuntamente con dos hijas de su primer matrimonio con Mar\u00eda Josefa Enriquez y Lara (fallecida), Agueda e Isabel Gayt\u00e1n Enriquez, y dos hijas del primer matrimonio de su actual esposa, Josefa y Teresa de Melo Pab\u00f3n. Qued\u00f3 en Buenos Aires el tercer hijo del matrimonio de Bernardo Gayt\u00e1n con do\u00f1a Mar\u00eda Josefa Enriquez y Lara -Juan Andr\u00e9s Gayt\u00e1n, bautizado de 4 meses en Buenos Aires, el 6 agosto de 1706, criollo y que all\u00ed contrajo matrimonio con Juana Barrag\u00e1n, entre el 21 y 27 de diciembre de 1727, viniendo reci\u00e9n a avecindarse como poblador de Montevideo, acompa\u00f1ado de su esposa el 20 de Diciembre de 1728, declarando al empadronarse no tener hijos, que se contradice con la partida de defunci\u00f3n de su hija Teresa Gayt\u00e1n \u00abhija de la Ciudad de Buenos Aires\u00bb que fue sepultada en Pando el 13 de Octubre de 1808.<\/p>\n\n\n\n<p>El 1 de enero de 1730 Don Bernardo Gayt\u00e1n fue nombrado primer Alcalde Provincial, Administrador de Justicia fue nombrado por Zabala Alferez Reformado de la nueva Compa\u00f1ia de Caballos Coraza Espa\u00f1oles.<\/p>\n\n\n\n<p>El 15 de Octubre de 1760, permuta su estancia por una casa en Montevideo a Don Francisco de Meneses Mata que \u00e9ste hab\u00eda construido<\/p>\n\n\n\n<p>en Montevideo, Meneses se hab\u00eda casado con su nieta Teresa Gayt\u00e1n el 14 de Octubre de 1741. (2)<\/p>\n\n\n\n<p>En su parte sustancial el documento dice lo siguiente:<\/p>\n\n\n\n<p>Los comparecientes, de una parte don Bernando Gayt\u00e1n y de la otra don Francisco Meneses Matha, ambos vecinos de esta ciudad\u00bb (a quienes doy fe y conozco) y los susodichos dijeron que \u00e2 mucho tiempo que se combinieron, y consertaron de hacer (como han hecho) el trueque, cambio y permutaci\u00f3n siguiente: (sic) dicho don Bernardo \u00e2 dado \u00e2l referido don Francisco Meneses, un terreno de estancia compuesto de media legua de frente y legua y media de fondo, cito en el pago que llaman de Pando, haciendo cara pa. el Arroyo de este nombre por la parte del Leste (Este); lindando por un costado con Lorenzo Joseph L\u00f3pez, o los herederos del difunto Matheo Barrera (Juan Mateo Barreda) por la parte del Norte y por el otro costado que es al sur, linda con Juan Antonio Artigas Capit\u00e1n de Vesno, corriendo el fondo de la parte Oeste, cuyo terreno es libre de todo senso, empe\u00f1o, Ipoteca, ni obligaci\u00f3n especial, ni general que no tiene;. Y en pago y satisfacci\u00f3n del cual, le a levantado y edificado el referido don Francisco Meneses a su propia costa, al referido don Bernardo y en citio propio de este, una casa de nueve varas de largo con lo correspondiente de lus, compuestas sus paredes de ladrillo y cubierta de texas, sus puertas y dem\u00e1s asesorios hasta estar capaz de entrar a avitar y viven en ella, la qual es sita en el Plan de esta Ciudad lindando por la parte del Poniente con don Francisco Achucarro, por la del sur con el restante sitio del referido Bernardo\u00bb, dejando entre otras constancias, como la de que Meneses Matha tiene ya poblada la estancia con ganados \u00abBacuno, Cavallar y obejuno\u00bb y de la mutua satisfacci\u00f3n de este trato. (Firman el autorizante, Fernando Jos\u00e9 Rodriguez, una firma ilegible a ruego de do\u00f1a Mar\u00eda Pab\u00f3n y como testigo, otra firma a ruego de don Bernardo Gayt\u00e1n, y como testigo, de Antonio Santos Dalmeida, otro testigo: Ger\u00f3nimo D\u00edaz y la firma de Francisco Meneses Matha. (3)<\/p>\n\n\n\n<p>La casa de Bernardo Gayt\u00e1n en Montevideo, inmediata a la muralla a la parte norte de la ciudad, fue vendida por sus herederos en Dic. de 1772. (4)<\/p>\n\n\n\n<p>Francisco de Meneses Mata, era natural del Reino de Portugal, de 26 a\u00f1os de edad al contraer matrimonio con Teresa Gayt\u00e1n el 14 de Octubre de 1741, era de profesi\u00f3n soldado y maestro alba\u00f1il y hacia 1742 ya era \u00abMaestro Mayor de alba\u00f1iler\u00eda de las Obras Reales\u00bb, con sueldo de cincuenta pesos mensuales, trabajando en la fortificaci\u00f3n de la ciudadela de Montevideo, pasando en 1762 a ser \u00abuno de los primeros agrimensores oficiales de esta ciudad y volviendo al cargo anterior en 1763.<\/p>\n\n\n\n<p>En 1762, dice Apolant que Meneses jur\u00f3 en la reuni\u00f3n del Cabildo del mismo d\u00eda su nuevo empleo. Convirti\u00e9ndose as\u00ed en uno del los primeros agrimensores oficiales de Montevideo (5)<\/p>\n\n\n\n<p>El motivo de este cambio de ocupaci\u00f3n fue su supensi\u00f3n como maestro de alba\u00f1iler\u00eda a principios de 1762 despu\u00e9s de haber reclamado \u00e9l y sus colegas el Dic. De 1761 el pago de sus haberes atrasados por lo que se retir\u00f3 en 1762. Habr\u00eda llegado a un acuerdo y se habr\u00eda reintegrado a su cargo en 1763.<\/p>\n\n\n\n<p>Era hijo leg\u00edtimo de Don Juan de Mata y Constansa de Meneses, y su origen portugu\u00e9s, explica sus apellidos, que en el uso espa\u00f1ol deber\u00edan ser Mata Meneses.<\/p>\n\n\n\n<p>Siendo de estado civil casado con Teresa Gayt\u00e1n, su suegra, do\u00f1a Juana Barrag\u00e1n le cedi\u00f3 en Montevideo un solar de doce varas de frente a la hoy calle 25 de Mayo, en su esquina SE con la calle hoy Ituzaing\u00f3, y cincuenta varas de fondo, en el cual se edific\u00f3 vivienda de su familia, siendo \u00e9ste su \u00fanico inmueble seg\u00fan el Padr\u00f3n de 1751. En esta casa posiblemente haya nacido Francisco de Meneses Gayt\u00e1n pero la misma fue vendida (como veremos) a los Jesuitas el 5 de Agosto de 1755. En 1752 le fue adjudicada una chacra en el arroyo Mereles y en 1755 un terreno de ciento cincuenta varas cuadradas en la zona de extramuros de la Ciudadela para construcci\u00f3n de un horno de tejas y ladrillos, en 1761 una estancia y en 1762 dos estancias m\u00e1s sobre el arroyo del Tala (6)<\/p>\n\n\n\n<p>Francisco de Meneses compra una casa de ladrillos y teja a Felipe Yepes, A.G. N.Prot. Juzgado 1\u00ba; Tomo 1761 y 1769 (Apolant ob. cit p\u00e1g. 810). Felipe Yepes hab\u00eda contra\u00eddo matrimonio el 7 de marzo de 1753 con Juana Gayt\u00e1n hermana de Teresa Gayt\u00e1n<\/p>\n\n\n\n<p>Del Matrimonio de Meneses Matha con Teresa Gayt\u00e1n nacieron cinco hijos de los cuales en el a\u00f1o de 1768 s\u00f3lo sobreviv\u00eda uno; Francisco de Meneses Gayt\u00e1n bautizado el 7 de Octubre de 1752, contraer\u00e1 matrimonio con Mariana Correa el 12 de Abril de 1771, cuyos padres eran naturales de las islas Fayal (Azores).<\/p>\n\n\n\n<p>Meneses Mata fallece el 31 de enero de 1768 , test\u00f3 por primera vez el 24-3-1767 (7)y nuevamente el 12 de enero de 1768 declar\u00f3 ser casado con Teresa Gayt\u00e1n y nombra por este instrumento a su hijo Francisco Meneses Gayt\u00e1n, como \u00fanico y universal heredero designando como primer albacea a su c\u00f3nyuge sup\u00e9rstite. Este testamento fue protocolizado en el Protocolo del Cabildo de Montevideo. (8)<\/p>\n\n\n\n<p>Su viuda Teresa Gayt\u00e1n contrae matrimonio nuevamente con 42 a\u00f1os el 21 de Mayo de 1771 con Pedro Gonz\u00e1lez de 28 a\u00f1os de edad que podr\u00eda ser hijo de Manuel Gonz\u00e1lez de Almeida adjudicatario de la 8va. suerte de estancia por Millan de 1730.<\/p>\n\n\n\n<p>Fallecido Francisco de Meneses Mata la propiedad de la estancia pas\u00f3 a su hijo Francisco de Meneses Gayt\u00e1n, declarado \u00fanico y universal heredero.<\/p>\n\n\n\n<p>Francisco de Meneses Gayt\u00e1n, solicita pobladores para un rinc\u00f3n de su estancia. El Virrey V\u00e9rtiz accede el 2 de Octubre de 1781. El 31 de Octubre pasan pobladores de la pen\u00ednsula Ib\u00e9rica a ocupar terrenos en Pando. Aunque Anibal Barrios Pintos realiza una puntualizaci\u00f3n sobre esta fecha (9)<\/p>\n\n\n\n<p>El 30 de Marzo de 1788 se realiza la escritura de cesi\u00f3n de terrenos de Francisco de Meneses Gayt\u00e1n y Teresa Gayt\u00e1n a favor de la Iglesia de la Inmaculada Concepci\u00f3n de Pando, aunque este documento no fue firmado. (10)<\/p>\n\n\n\n<p>Meneses Mata, cri\u00f3 a un ni\u00f1o Jos\u00e9 Antonio asegur\u00e1ndole en su testamento los gastos de su educaci\u00f3n, siendo su deseo que fuera religioso. Apenas puede haber duda -dice Apolant- de que ese Jos\u00e9 Antonio, a quien podr\u00eda corresponder la partida de bautismo del 12-4-1757 (1-113) de un hom\u00f3nimo, de 1 mes de edad, hijo de padres no conocidos, siendo padrinos Lorenzo L\u00f3pez y Josefa de Melo, sea el mismo Jos\u00e9 Antonio Meneses, cuyos padres se ignoraban, quien contrajo matrimonio con Josefa Albertos (parda o descendiente de indios por su madre) hija leg\u00edtima de Felipe Albertos de C\u00e1ceres y Mar\u00eda Andrea Rada.<\/p>\n\n\n\n<p>Dice Apolant que datos que surgen de las partidas de bautismo de hijos de ellos en Pando, por ejempl 1791; 1792 y 1799, ignor\u00e1ndose los abuelos paternos y figurando en la de 1792 la abuela materna -tal vez por error- como Andrea Alvarez, pero en las otras como Mar\u00eda Andrea Errada.<\/p>\n\n\n\n<p>Siempre siguiendo a Apolant en sus G\u00e9nesis de la Familia uruguaya\u00bb, debemos citar que Francisco de Meneses Gayt\u00e1n contrajo matrimonio en San Carlos con Mariana Correa, cuyos padres eran naturales de la isla Fayal- o Faial, del archipi\u00e9lago portugu\u00e9s de la Azores, de donde se infiere que tendr\u00edan el mismo origen que su padre, Francisco Meneses Mata y los padres de \u00e9ste, dicho matrimonio se realiz\u00f3 el 12 de abril de 1771.<\/p>\n\n\n\n<p>En 1780, Francisco de Meneses Gayt\u00e1n,figura como oficial de milicias de Montevideo, asistente en la nueva poblaci\u00f3n de Pando, (11) recibiendo en 9 de noviembre de 1796 el despacho de retiro con el fuero militar, en grado de Alferez. (12)<\/p>\n\n\n\n<p>.Francisco de Meneses Gayt\u00e1n, con fecha 11 de noviembre de 1776 y por escritura que pas\u00f3 ante el Alcalde Ordinario de ler. voto por S.M. de la ciudad de Montevideo, Bruno Mu\u00f1oz, vendi\u00f3 a Jos\u00e9 Millan y Pedro Montero, compa\u00f1eros, una parte de las tierras de estancia que pose\u00eda en propiedad habida de su herencia paterna sita en el Pago nombrado de Pando, cuyo frente de dicha estancia corre de Norte a Sur -con los herederos del campo de Juan Antonio Artigas, siendo las tierras que dio en venta las comprendidas desde el arroyo nombrado de Artigas hasta donde alcanzan los fondos de otra estancia del mismo vendedor reteniendo para si unas mil setecientas ochenta cuadras de la estancia primitiva.<\/p>\n\n\n\n<p>Corresponde preguntarse si esa otra propiedad de Meneses es la chacra que en 1752 le fue adjudicada en el arroyo Mereles o Meireles.<\/p>\n\n\n\n<p>Si ello fuera as\u00ed podr\u00edamos afirmar que los campos de Meneses estaban comprendidos entre el arroyo Pando y el Meireles, afluente del Toledo.<\/p>\n\n\n\n<p>Jos\u00e9 Millan (no Pedro de Millan) y Pedro Montero, el 12 de mayo de 1789, por escritura que autoriz\u00f3 el escribano Antonio Palomino, se dividieron el terreno que hab\u00edan comprado en sociedad a Francisco de Meneses, cuya divisi\u00f3n fue decretada por el Juez competente, quien comision\u00f3 a Vicente de Ocio para que en car\u00e1cter de Juez, autorizase el reparto, el cual fue ejecutado por el Piloto Agrimensor Jos\u00e9 de la Pe\u00f1a, con asistencia de ambos interesados y previas formalidades de derecho. (13)<\/p>\n\n\n\n<p>(1) Azarola Gil ob. cit. p\u00e1gina 87.<br>(2) Protocolo del Cabildo el N\u00ba1-1760- fs.59 vta. a 63, y autorizada por el Alcalde Ordinario de 2\u00ba Voto y Juez de Menores, don Fernando Jos\u00e9 Rodr\u00edguez.<br>(3) Evaristo Alonso Rodriguez en \u00abPando Ciudad Bicentenaria\u00bb de Jorge Alonzo, p\u00e1gina 7.<br>(4) A.G..N.; Protoc. Juzg. 1\u00ba;T\u00ba 1770 y 1772; 3\u00aa folaci\u00f3n; f\u00ba 183\/186, Apolant obra citada 408 por \u00ab 450 pesos de a 8 reales\u00bb a Melchor de Viana.<br>(5) A:G:N-A.GA. L\u00ba 8, fs. 186v.\/189; Revista A.G.A, Vol III, p\u00e1gs. 322\/25.<br>(6) Padr\u00f3n Cabildo p\u00e1g. 65v\/66; 45; 84v. y 84v\/85.<br>(7) AGN; Prot Juzg. 1\u00ba; T\u00ba 1767; FS. 79\/83.<br>(8) Jdo. 1\u00aa Tomo 1768, fs. 1 al 5 inclusive. AGN- Archivo Judiciales.<br>(9) Ver Anibal Barrios Pintos \u201cCanelones en su proyecci\u00f3n en la Historia Nacional\u201d pag. 270.<br>(10) Protocolo del a\u00f1o 1788 de la Escriban\u00eda del Juzgado de lo Civil de primer Turno, fojas 134 vuelta a fojas 139.<br>(11) Archivo Escriban\u00eda Gobierno y Hacienda; Paquete 1792; Montevideo Leg. 26.<br>(12)Ver Archivo Artigas Tomo I P\u00e1gs. 365 a 366.<br>(13) Los datos aportados en este t\u00edtulo fueron tomados de la obra del genealogista, Juan Alejandro Apolant, \u00abG\u00e9nesis de la Familia Uruguaya.<\/p>\n\n\n\n<p>Se firma el contrato para construir<br>la Capilla de Pando (1780)<\/p>\n\n\n\n<p>Antes de 1780 en fecha que no se puede precisar -dice Evaristo Alonso Rodr\u00edguez- (1) D\u00f1a. Teresa Gaytan y su hijo Francisco de Meneses Gaytan hicieron constuir un capillita de paja bajo la advocaci\u00f3n de la Inmaculada Concepci\u00f3n, en tierra de su propiedad ubicada en aproximadamente a mitad de cuadra sobre la actual Avenida Artigas, entre Treinta y Tres y Elio Zinola, don\u00e1ndola a la Iglesia (\u00abLa Capillita\u00bb) y el 1 de noviembre de 1780, ambos contratan la reedificaci\u00f3n en piedra con los maestros constructores Jos\u00e9 Vicente Vage , Pedro Llamb\u00ed y Rafael de la Puente, que result\u00f3 defectuosa en su construcci\u00f3n. El documento con que \u00e9stos manifestaron su obligaci\u00f3n de construcci\u00f3n dice as\u00ed: \u201cDesimos Nos abaJo firmadosdecimos qe nos obligamos aser en Pando La Iglesia de Nra Sa de la Concepci\u00f3n, como son paredes, de cuatro baras, sobresalientes, de latiera respectibos los moJinetes arazon de sinco reles la Bara entrando Cuecos de puertas, d\u00e1ndonos, de comer almorzar y todos los Materiales prontos y 6 Peones y faltando Los materiales oPeones se les abona lo respectivo. Y pa qe asiconste. Lo Firmamos en dh\u00f4 Lugar de Pando a 1\u00ba de Noviembre de 1780. Jose Vicente Vage, pedro llambi, Rafael de la Puente\u201d. (2) La construcci\u00f3n result\u00f3 muy mala, por esta raz\u00f3n Francisco de Meneses se present\u00f3 demandando a los constructores (A.G. de la N. Juzgado Letrado de 1era. Instancia en lo Civil de 1\u00ba Turno- Expte N\u00ba7 de 1782 &#8211; Demanda presentada por Don Francisco de Meneses contra Josef Vicente Vage, Pedro Llamv\u00ed y Rafael de la Puente, maestros que fabricaron la Capilla de Pando)<\/p>\n\n\n\n<p>El 2 de Marzo de 1782 por orden del Alcalde de segundo voto Bernardo de Torres realizaron una inspecci\u00f3n de las construcciones los maestros mayores de las fortificaciones y obras de la ciudad de Montevideo Jos\u00e9 Benito Crespo y Pedro Arredondo, quienes informaron que las paredes de la capilla estaban sin trabaz\u00f3n en su mayor parte y de mala calidad la piedra empleada en la obra, entendiendo que deber\u00edan abatirse las paredes del Sur y del Norte, para ser reconstruidas lomas pronto posible, incluso su enmaderado y techo en su parecer, los arcos de las puertas y ventanas deber\u00edan ser de ladrillo y cal.<\/p>\n\n\n\n<p>El 21 de febrero de 1784 en virtud del estado de la Capilla, en representaci\u00f3n del vecindario, los vecinos del pago de Pando, los hermanos Mart\u00edn Jos\u00e9, Jos\u00e9 Antonio Artigas- padre y t\u00edo respectivamente del futuro Jefe de los Orientales-, Felipe P\u00edriz, Domingo Valdenegro, Baltasar Aguirre y Pedro Montero, elevaron al Obispo de Buenos Aires Dr. Manuel Azamor y Ramirez una petici\u00f3n, -que fue aprobada-, solicitando autorizaci\u00f3n para reedificar en piedra la antigua Capilla de paja, en un terreno de ocho cuadras en cuadrado, es decir 64 cuadras, al arb\u00edtrio del com\u00fan o de quienes dirijan la Obra (3) (Biblioterca Nacional -Secci\u00f3n materiales Especiales del Departamento de Investigaciones -Comunicaciones y Oficios \u00ab\u2026cit, en nota N\u00ba5 Juzgado Letrado de la. Instancia en los Civil de ler. Turno Expte. N\u00ba17 de 1791)<\/p>\n\n\n\n<p>Petici\u00f3n elevada al Obispo de Buenos Aires por los vecinos del pago de Pando entre los que figuran D. Mart\u00edn Jos\u00e9 y D. Jos\u00e9 Antonio Artigas en el sentido de que se les permita erigir una nueva Capilla en aquel lugar, a la cual se accedi\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Montevideo 21 de Febrero de 1784<br>Yllmo Sor<br>Se\u00f1ores:<\/p>\n\n\n\n<p>Los vecinos del pago de Pando que al fin se subcriven, y son Dn Mrn,n Josef y d.n Josef Antonio Artigas hermanos; d.n Felipe Piris; d.n Dom.o Bladenegro; d.n Baltasar Aguirre y d.n Pedro Montero, \u00e1 voz y nombre del demas vecindario, con l amior sumisi\u00f3n hacen presente \u00e1 V.S.Y.: Que sin embargo del mal suceso experimentado en la construcci\u00f3n de la Capilla de aquel Partido, y delo mucho que se han esforzado sin haver podido conseguir el exito, y justos fines de su anelo: habi\u00e9ndose consagrado, resolvi\u00f3 de com\u00fan acuerdo facultar alos Supp.tes instasen \u00e1V. S.Y. e inclinaz.n su cristianismo animo \u00e1 que se digne concederles licencia para erigir una nueva Capilla en la situaz.n que sea mas adecuada y conveniente \u00e1 todos; med.te \u00e0 tener materiales, varios utiles y fondo (quasi suficientes) para el efecto; ocho cuadras de tierra en quadro, que haz.n setenta y cuatro c\u00fabicas para repartir con devido orn sin la menor penzn ni gravamen, quedando \/ \u00e1 arbitrio del com\u00fan \u00f3 de los sujetos q.e elija, dirigir la obra; condicionar el tiempo regular para que todo el Individuo que se pueble pueda enagenar los solares, y todo lo demas que conduzca al mejor r\u00e9gimen de la Capilla y Poblaci\u00f3n. Y considerando los suplicantes, que el curato de Las Piedras (alq.e es dependte dha Capilla), no podr\u00e1 pr ahora costear el tente cura q.e aia de administrarla; se obligan desde ahora a mantenerlo p.r un a\u00f1o bajo la justa regulaz.n que sea del benepl\u00e1cito deV.S.Y., con concepto a que aunque aquel vecindario no es de tan corto n\u00famero, es escaso de posibles; que \u00e0 gastado mucho infructuosamente y lo m\u00e1s que le resta que impender, \u00e0 cuia contribuci\u00f3n est\u00e1n prontos los concurr.tes por s\u00ed solos, y \u00e1 voz y nombre delos demas bajo las competentes firmezas y seguridades \u00e0 su m\u00e1s efectivo cumplimien.to. Y por ultimo Yll.mo S.or, como todo quanto se practique en el particular referido ha deser con anuencia y benepl\u00e1cito comun y en que todos saldran igualmente beneficiados, no puede menos q.e ser con el mayor acierto y seguirse inmediatamente los santos fines a que dirigen esta su m\u00e1s humilde solicitud: mediante la qual, y lo demas q.e omiten exponer, ciertos, que no puede ocultarse ala alta penetraz.n deV.S.Y.<\/p>\n\n\n\n<p>Le suplican mui rendidamente se digne concederles la licencia que solicitan, y en los terminos expresados: gracia y justicia especial que esperan resivir de la justificaci\u00f3n notoria de V.S.Y, por cuia vida y ascensos de la \/ mayor jerarqu\u00eda rogar\u00e1n incesantemente \u00e0la divina Providencia. Pago de Pando y feb.o 20 de 1784.-<\/p>\n\n\n\n<p>Mart\u00edn de Artigas \u2013 Jph Antonio de Artigas. P.r enfermedd de dn. Phe Piris, Domo Mentasty. A ruego ded.n Baltasa.r de Aguirre \u2013 Domo Mentasty. Pedro Montero.<\/p>\n\n\n\n<p>Yllmo S.or<br>S.or<\/p>\n\n\n\n<p>En el d\u00eda dies y siete de feb.e celebre de la Junta del vecindario de Pando enla q.e Como V.S.Ill.a me intimo les expuse todas las circunstancias que podian causarles en adelante dificultades en las quales resolvieron seg\u00fan en el expuesto memorial declaran.<\/p>\n\n\n\n<p>Montevideo feb. 19 de 84. Josef dela Aurora<br>(Al margen de la primera foja)<br>Concedido El Obpo Por mand.do se S.Y. dn Franco Gonz. S.rio<\/p>\n\n\n\n<p>Archivo del Arzobispado de Buenos Aires, \u201cUruguay\u201d 6 b.Manuscrito original: letra de Domingo Mentasty; fojas 2; papel con filigrana: formato de la hoja 300&#215;210 mm; interlinea 6 mm; letra inclinada, conservaci\u00f3n buena.<\/p>\n\n\n\n<p>Texto tomado De la Publicaci\u00f3n Archivo Artigas, Tomo Primero, p\u00e1ginas 538 y 539<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abAl cabo del trabajos y de tiempo qued\u00f3 concluida la obra, levantada con las cortas limosnas ofrendadas por el vecindario y por los diputados de la capilla, que quedaron con m\u00e1s de 1.300 pesos en descubierto, al suplirles para su f\u00e1brica\u00bbEl primer sacerdote de la capilla fue fray Jos\u00e9 de la Aurora, de la Orden de la Merced; el segundo el presb\u00edtero Jos\u00e9 Suarez y el tercero desde el 8 de enero de 1788, Juan Estanislao de la Mata.Por esta \u00e9poca se presentan conflictos con el cura de San Isidro de Las Piedras, en 1786 y 1787, el mencionado cura impidi\u00f3 que el de Pando efectuara funciones parroquiales en la \u00abSemana Santa\u00bb, este situaci\u00f3n se agudiz\u00f3 cuando \u00e9ste le orden\u00f3 al Capell\u00e1n de Pando, que sin su licencia o de la de su Teniente, no estaba autorizado para intervenir en entierros, casamientos o bautismos.La situaci\u00f3n real era que el 2 de noviembre de 1780 se erige en Parroquia San Isidro Labrador de Las Piedras y se establecen sus l\u00edmites cono parte de la Jurisdicci\u00f3n de Guadalupe o de los Canelones, parte de la jurisdicci\u00f3n del arroyo Pando quedar\u00e1 dependiente de dicha Parroquia y otra parte de Guadalupe.En la Jurisdicci\u00f3n del Pago de Pando, Sauce y Sol\u00eds hay una capilla que es la de Nuestra Se\u00f1ora de la Inmaculada Concepci\u00f3n de Pando y es all\u00ed el lugar al que concurren los pobladores a recibir los sacramentos. Pero esos pobladores est\u00e1n en jurisdicci\u00f3n de las dos Parroquias, de Las Piedras y de los Canelones.Mart\u00edn Jos\u00e9 Artigas y Pedro Montero y Luis Gutierrez no tuvieron otra opci\u00f3n que dirigirse el 18 de marzo de 1788 al Obispo Azamor y Ramirez de Buenos Aires planteando la situaci\u00f3n.La primera partida de bautismo inscripta en los libros de la Capilla data del 8 de Febrero de 1788.-<\/p>\n\n\n\n<p>Con motivo de la visita del Obispo de Buenos Aires Dr. Benito de Lue y Riega en Noviembre de 1804 los vecinos del Partido y Capilla de Pando promovieron ante el Obispo la solicitud de que la Capilla fuera elevada a Curato.<\/p>\n\n\n\n<p>El 16 de Junio de 1845 D\u00e1maso Larra\u00f1aga firma en el Cerrito de la Victoria su conformidad para la erecci\u00f3n de la Parroquia y se expide el Decreto, libr\u00e1ndose copia sellada al Gobierno y a las Parroquias de Canelones, Las Piedras, Cord\u00f3n y Pando. (4)<\/p>\n\n\n\n<p>El 27 de Octubre de 1859, se produce la creaci\u00f3n del Curato de Sauce, delimit\u00e1ndolo del de Pando y del de Canelones con la firma de del Presb\u00edtero D. Juan Domingo Fern\u00e1ndez, Rprovisor y Pro-Vicario Apost\u00f3lico del Estado y el Notario Mayor de la Curia Plicarpo Ahumada. (5)<\/p>\n\n\n\n<p>El nuevo templo de Pando ser\u00e1 inaugurado el 8 de diciembre de 1869, el 27 de Setiembre de 1880 se subasta en remate p\u00fablico los terrenos y edificio de la Capilla Primitiva, El 16 de Mayo de 1884 la \u00abAsociaci\u00f3n Filantr\u00f3pica\u00bb de Pando integrante de la Masoner\u00eda del Uruguay, solicit\u00f3 la donaci\u00f3n de este inmueble para construir un edificio. El 28 de Mayo de 1884 el Poder Ejecutivo con la firma del Presidente Gral. M\u00e1ximo Santos le otorg\u00f3 la donaci\u00f3n de los terrenos de la antigua Capilla a la \u00abAsociaci\u00f3n Filantr\u00f3pica\u00bb. (6)<\/p>\n\n\n\n<p>(1) Evaristo Alonso Rodr\u00edguez \u201cPando Ciudad Bicentenaria\u201d publicaci\u00f3n de Jorge Alonzo. (2) Dr. Carlos Ferr\u00e9s \u00c9poca Colonial la Administraci\u00f3n de Justicia en Montevideo, p\u00e1gina 186, Archivo del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de Primer Turno. Expediente de 1784. 3) (Biblioteca Nacional -Secci\u00f3n materiales Especiales del Departamento de Investigaciones -Comunicaciones y Oficios \u00ab\u2026cit, en nota N\u00ba5 Juzgado Letrado de la. Instancia en lo Civil de ler. Turno Expte. N\u00ba17 de 1791)<\/p>\n\n\n\n<p>(4) Evaristo Alonso Rodr\u00edguez P\u00e1g. 14 , Pando Ciudad Bicentenaria publicaci\u00f3n de Jorge Alonzo.<br>(5) Colecci\u00f3n Legislativa, Bolet\u00edn Jur\u00eddico, a\u00f1o 1859,p\u00e1g. 272<br>(6) Zinola Historia de Pando.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La segunda estancia sobre la margen occidental del arroyo de Pando fue adjudicada al Alcalde&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":2792,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[19],"tags":[],"class_list":["post-2790","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-pando"],"featured_image_urls":{"full":["https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/7-2.jpg",500,375,false],"thumbnail":["https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/7-2-150x150.jpg",150,150,true],"medium":["https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/7-2-300x225.jpg",300,225,true],"medium_large":["https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/7-2.jpg",500,375,false],"large":["https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/7-2.jpg",500,375,false],"rpg_gallery_admin_thumb":["https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/7-2.jpg",150,113,false],"rpg_gallery_thumb":["https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/7-2.jpg",150,113,false],"1536x1536":["https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/7-2.jpg",500,375,false],"2048x2048":["https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/7-2.jpg",500,375,false],"covernews-slider-full":["https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/7-2.jpg",500,375,false],"covernews-slider-center":["https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/7-2.jpg",500,375,false],"covernews-featured":["https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/7-2.jpg",500,375,false],"covernews-medium":["https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/7-2-500x340.jpg",500,340,true],"covernews-medium-square":["https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/7-2-400x250.jpg",400,250,true]},"author_info":{"display_name":"diario","author_link":"https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/author\/diario\/"},"category_info":"<a href=\"https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/category\/departamental\/pando\/\" rel=\"category tag\">Pando<\/a>","tag_info":"Pando","comment_count":"0","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2790","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2790"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2790\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2791,"href":"https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2790\/revisions\/2791"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2792"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2790"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2790"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariotiempo.com.uy\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2790"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}