marzo 22, 2025

APERTURA DE SUCESIÓN

judicial

JUZGADO LETRADO DE PANDO DE 3º  TURNO

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Pando de 3° Turno, dictada en autos: » SANTOS MORALES, MATEO – SUCESIÓN» IUE 2-103871/2024, se dispuso la apertura de la sucesión del causante/s MATEO SANTOS MORALES, emplazándose por edictos a herederos, acreedores y demás interesados para que comparezcan por el término de 30 días, a deducir en forma sus derechos. Pando, 12 de noviembre de 2024.

Firmado electronicamente por : Nicolas Maximiliano Rodriguez Borges. Administrativo IV Colaboración Cargo: Actuario Adjunto. 10 Pub. de 20/11/24 al 3/12/24

PRESCRIPCIÓN

JUZGADO DE PAZ

DEPARTAMENTAL DE ATLÁNTIDA

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental de Atlántida, dictada en autos: «OXANDABARAT MORAT, FERNANDO y otro c/ FRESALTA S.A. O FRESALÍA S.A. – PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA BIEN INMUEBLE» IUE 2- 53457/2024, en los que surge que con fecha 15/05/2023 se inició en esta sede acción de Prescripción Adquisitiva de Bien Inmueble respecto del bien inmueble ubicado en la 18ªSección Judicial del Departamento de Canelones, Localidad Catastral Salinas, Padrón 754 PARTE, manzana 37, solar 15, el que según plano del Ing.Agr. Renato Aldecosea O’Neill, se inscribió en la Dirección General de Catastro con el Nº1853 del 20/11/2023 y tiene una superficie de 280 mc.73 dmc y se deslinda así: 15 metros al Oeste de frente de la calle Arazá; 17 metros 19 centimetros al Este, lindando con parte del solar Nº16 (padrón Nº755); 13 metros 91 centímetros al Este, lindando con parte del solar Nº13 (padrón Nº752); y 19 metros 58 centímetros al Sur, lindando con solar Nº14 (padrón Nº753).- En consecuencia, se CITA, LLAMA Y EMPLAZA a quienes, se consideren con derechos sobre referido bien inmueble, siendo el Titular Registral FRESALTA S.A. o FRESALIA S.A. y a los titulares de los padrones linderos: PADRÓN Nº755 ultimo titular registral Sr.RUBEN WALTER PRIETO BENENCIO y la SRA.MARIA SELVA ECHAGUE ZAPPETTINI;  PADRÓN Nº752 ultimo titular registral SR.NESTOR ENRIQUE MORENO LECCHINI; y PADRÓN Nº753 ultimo titular MARIA BEATRIZ CROS MARCOS para que comparezcan a deducir sus derechos, en el plazo de NOVENTA DÍAS, bajo apercibimiento de designárseles Defensor de Oficio, con quien se seguirán los procedimientos (art. 127 del C.G.P.)

Atlántida, 04 de noviembre de 2024

Firmado electronicamente por : Natalia Garavagno Etcheverry Juez de Paz Ciudad 10 Pub. de 26/11/24 al 9/12/24

MATRIMONIO

Se publican los edictos de matrimonio de las distintas oficinas de Registro Civil a los efectos de que los que supieren algún impedimento para los matrimonios proyectados denuncien por escrito haciendo conocer las causas ante las oficinas respectivas.

SAN JACINTO

OFICINA  Nº 425

En San Jacinto, Canelones el día 26 de Noviembre de 2024 a las 10:41 horas LUCIA PATRICIA ORTIZ RODRIGUEZ cedula identidad 54324858 nacido/a en Uruguay de nacionalidad uruguaya de 22 años,soltera, de profesión Ama de cas,  domiciliada en San Jacinto, Canelones MARCOS MARTIN GONZALEZ SANCHEZ cédula de identidad 52742084 nacido/a en Uruguay de nacionalidad uruguayo de 25 años de edad de estado civil soltero de profesión empleado, domiciliado en San Jacinto, Canelones. Oficial de Estado Civil.  3 Pub. del 28/11/24 al 2/12/24

SALINAS

OFICINA  Nº 422

En Salinas Canelones el día 28 de Noviembre de 2024 a las 13:32 horas NANCY RONCO SILVA cedula identidad 11649526 nacido/a en Uruguay de nacionalidad uruguaya de 67 años, viuda, de profesión jubilada,  domiciliada en Guaycurú, Salinas,  Canelones CARLOS EDUARDO LÓPEZ YAÑEZ  cédula de identidad 13296404 nacido/a en Uruguay de nacionalidad uruguayo de 69 años de edad de estado civil divorciado de profesión jubilado, domiciliado en Guaycurú, Salinas, Canelones. Oficial de Estado Civil. Óscar Montero 3 Pub. del 2/12/24 al 4/12/24

PARQUE DEL PLATA

OFICINA  Nº 419

En Parque del Plata Canelones el día 28 de Noviembre de 2024 a las 12:00 horas JOSÉ PEDRO MÉROLA  DEVITTA, divorciado, 52 años, Electrotécnico, uruguayo, nacido en Lavalleja, Calle 2 M.14 S.17- Parque del Plata ANA PAOLA FEIPPE MENDEZ. 45 años, divorciada, uruguaya, estudiante, nacida en Montevideo, domiciliada en Calle 2 M.14 S.17- Parque del Plata.Oficial de Estado Civil. Mónica Trías 3 Pub. del 2/12/24 al 4/12/24

REMATE

EDICTO:Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 18º Turno, dictada en autos: «SCHINDLER, FEDERICO y otros c/ COMOTTO, ALEJANDRO – EJECUCIÓN DE HIPOTECA» IUE 2-67905/2023, se hace saber que el próximo 18 de diciembre del año 2024, a las 12 y 30 horas en el local de la calle Rincón 408, por intermedio de los Martilleros DANTE y GUSTAVO IOCCO, Matrículas Nº 6970 y 1716 respectivamente, RUT 211808550010 asistidos del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble: Solar de terreno con construcciones y con cuantas mejoras contenga y le accedan, ubicado en la localidad catastral Atlántida, zona urbana del departamento de Canelones, empadronado con el número CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS (452), señalado como Solar 6, de la manzana 11 del plano del Agrim. Juan P. Fabini de julio de 1939, inscripto en la Dirección General de Avalúos con el Nº 1.110 el 23/7/1941, según el cual consta de una superficie de 420 y se deslinda: 14 m de frente al NE a calle 3 entre las calles 4 y 6; 30 m al SE lindando con Solar 5; 14 m al SO, lindando con solar 4 y 30 m al NO lindando con Solar 7, todos del mismo plano. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en dicho acto, en carácter de seña, así como la comisión del rematador más I.V.A, en el acto de serle aceptada la postura, y si el monto a integrar superare los limites establecidos en las leyes 19.210, 19.478 y 19.889, se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes referidas y sus decretos reglamentarios. El saldo de precio deberá ser depositado en plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no será interrumpido por la feria judicial ni Semana de Turismo teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago (previstos por la ley 19.210, decreto reglamentario y ley 19.889). En caso de estar el mejor postor exonerado de la seña y del precio, igualmente deberá pagar la comisión del rematador y los gastos del remate.- 2) Se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse, así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ella.- 3) Solo se podrá descontar del precio de remate deuda que existiera por concepto exclusivamente de Contribución Inmobiliaria y de Enseñanza Primaria pudiéndose imputar al mismo la deuda generada por tal concepto hasta la fecha de la traslación del dominio.- 4) En caso de que exista juicio por parte de la DGI o de la IMC por concepto de impuestos de Primaria o Contribución, no podrá imputarse al precio de remate los honorarios de los abogados de las administraciones involucradas cuando existiera juicio tendiente a recuperar los tributos adeudados.- 5) Para el caso que el mejor postor sea diferente al actor de autos, será de cargo del expediente la devolución de lo que se abone por conceptos de impuestos necesarios para la inscripción de la escritura traslativa del dominio, ITP (correspondiente al enajentante) e IRPF si correspondiere.- 6) En la sede se encuentran depositados los antecedentes dominiales originales del bien cuya ejecución se pretende, por lo que el remate del mismo se efectuará en las condiciones que resultan del expediente y documentación y certificados registrales presentados oportunamente por el ejecutante en autos los que podrán ser examinados en la Sede por los interesados.- 7) Que el mejor postor deberá dar cumplimiento en todo lo que refiera a las leyes 19210 y 19574 en la redacción dada por la ley 19889.- 8) Serán de cargo del adquirente: los gastos de tributos, comisiones, escrituración y los impuestos que la ley pone de cargo del comprador y la comisión del rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio de remate lo que deberá pagarse en el acto y de acuerdo a la Ley de Inclusión Financiera 19.210, 19.478 y 19.889, modificativas y sus decretos reglamentarios y será de cargo del expediente: el 1,22% de comisión de venta.- 9) Que no se ha dado cumplimiento del art. 178 de la Ley 17.296 (Declaración Jurada de Caracterización Urbana).- 10) Que las eventuales deudas de OSE no son de cargo del expediente.- 11) El inmueble se encuentra dentro de la zona comprendida donde la Intendencia de Canelones ejerce el uso del Derecho de Preferencia de acuerdo a lo establecido por el Articulo 66 de la ley 18.308, debiendo solicitarse el certificado respectivo en forma posterior a la subasta.- 12) Que el inmueble se encuentra dentro de la zona comprendida en el Plan Costa de Oro (Decreto 0013/017), según información territorial y afectación urbanística de fs. 76 a 78.- 13) Que existe deuda de contribución inmobiliaria, desconociéndose el monto de la misma y de Impuesto de Enseñanza Primaria de acuerdo a lo que surge de fs. 79.- 14) El estudio se realizó en base a la documentación agregada, plano y certificados registrales. Las ultimas ampliaciones registrales con las que se cuenta en el expediente son de fecha 27 de noviembre del año 2024 . Dicha documentación, se encuentran en la Sede del Juzgado Letrado de 1a. instancia en lo civil de 18vo. Turno, sito en Pasaje de los Derechos Humanos 1309 (Palacio de los Tribunales), 2do. piso, a plena disposición de los interesados, quedando de su cargo toda averiguación complementaria.- Montevideo, 27 de noviembre de 2024 .                                                                    1 Pub. de 2/12/24