¿QUÉ SE DIRIME EN EL REFERÉNDUM DEL 27?
Más allá del trabajo de los dirigentes partidarios, de integrantes del gobierno y de parte de la militancia, no se advierte en la mayoría de la población, el fervor característico previo a una consulta popular. Es entendible. No se trata de una elección. No se eligen autoridades. Pasada la instancia del domingo 27, el gobierno será el mismo, legisladores, intendentes, ediles, alcaldes, concejales, seguirán ejerciendo sus funciones como hasta ahora. Se le impone a los ciudadanos la tarea de decidir sobre artículos que la gran mayoría no conoce y sobre los cuales se han dicho cosas ciertas y otras que no los son.
De acuerdo al programa que propuso a la ciudadanía la coalición que el voto popular convirtió en gobierno, el Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto de ley con más de 600 artículos en régimen de urgente consideración. Esta figura, consagrada en la Constitución de la República, tiene la característica de establecer plazos para su aprobación. Esa es la única, pero, importante diferencia, con las iniciativas comunes.
El Pit-Cnt, inmediatamente después de la aprobación, anunció que recurriría a un referéndum para intentar derogarla. Tras negociaciones con el Frente Amplio, se llegó a un acuerdo para impugnar, no la totalidad de la ley, sino 135 artículos. Algunos de ellos incluso habían sido votados por legisladores de la oposición y hasta participado de su redacción. Para algunos la coherencia no parece ser un activo en política y cede paso a la conveniencia. El hecho es que se recogieron más que el número de firmas necesario para realizar la convocatoria y ahora las urnas decidirán.
Aquí cae un argumento en contra de la LUC. Si lo que se objetaba era el procedimiento de la urgente consideración, esa crítica valdría para toda la ley, y no para un número limitado de artículos. Pero sigamos.
Se dijo al comienzo de la campaña que esto no era contra el gobierno. Obvio argumento, porque se tuvo en cuenta que en esa cancha no convenía jugar en vista del nivel de aprobación que éste había alcanzado. El tema era, pura y exclusivamente, el contenido de los artículos.
Pasado un tiempo algunos argumentos fueron perdiendo peso. La portabilidad numérica no perjudicó a ANTEL, sino que la benefició. Antes esta norma era mala porque iba en contra de ANTEL, luego ante la realidad, Michelini dijo que era mala porque beneficiaba al ente. La frutilla a la torta la puso prolijamente la Intendente Ing. Cosse al afirmar que “ni le iba ni le venía”. Si esto último fuera así, cabe preguntarse para qué entonces se impugnó esta norma. Ante cualquier escenario siempre habrá una respuesta que no es lo mismo que decir una razón válida. Por lo demás es preferible que el usuario sea el dueño de su número de celular y no que la propiedad sea de ANTEL o de alguna de los dos transnacionales.
El “desalojo express” no es lo que se dijo. La ley de arrendamientos sigue plenamente vigente. Pasa que se agrega un derecho que no tenían los que carecían de garantías. Estos no podían alquilar un inmueble. Ahora sí pueden. Si cumplen con lo que se comprometieron nadie los va a desalojar. Si este régimen les genera dudas, pues, consigan una garantía que es lo único que hasta antes de la LUC podían hacer.
Ninguna norma habla de privatizar, ni abrir las puertas a la privatización de la educación pública.
Ante el grave problema de la inseguridad, se disponen algunas ´penas más severas, se da más medios a la policía para actuar y a los ciudadanos para defenderse. Si hay policías que se prueba que se exceden en el uso de la fuerza, serán juzgados. No olvidemos que la Justicia es independiente. La LUC no es una vía libre para desbordes autoritarios.
El espacio de la columna impide abordar otros aspectos, pero sí para una reflexión final. Por encima de anuncios iniciales, este referéndum apunta al gobierno. Trata de impedirle hacer lo que se comprometió a hacer. En las elecciones nacionales la ciudadanía tomó una decisión. Los que perdieron deben actuar en el lugar que los colocó la gente. No es su turno para gobernar.
